La Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) publicó un informe en el que analiza las primeras 54 sentencias por femicidio dictadas en Argentina, desde la tipificación de la figura en el Código Penal en 2012. Además de visibilizar los asesinatos de mujeres por su condición de género, el documento evidencia aspectos de la actuación de la Justicia en los últimos 5 años. ¿Cuáles son los principales datos? (Foto: Gustavo Yuste)
Con el objetivo de continuar sistematizando datos que reflejen el contexto de emergencia que está atravesando Argentina, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), publicó un documento en el que analiza las primeras 54 sentencias por femicidio dictadas en el país, desde su tipificación en el Código Penal en el 2012. El trabajo, a cargo del área de Análisis Criminal y Planificación, observó de esta forma la recepción y el tratamiento de la figura en la jurisprudencia a partir de las resoluciones condenatorias dictadas por tribunales de distintas provincias, siendo la primera el 29 de octubre de 2014, y la más reciente el 12 de junio de 2017.
La incorporación de la figura de femicidio al Código Penal implicó tomar un término que efectivamente contemple la violencia contra las mujeres como resultado de una estructura social que perpetúa su desigualdad y naturaliza las agresiones.
Luego de la sanción de la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género, la incorporación de la figura de femicidio al Código Penal, mediante la reforma del artículo 80, representó un avance significativo en materia legislativa. Implicó tomar un término que efectivamente contemple la violencia contra las mujeres como resultado de una estructura social que perpetúa su desigualdad y naturaliza las agresiones. Con esta figura, el reconocimiento estatal de patrones culturales que en su formas más extremas se manifiestan en el asesinato de mujeres, fue un primer paso para dejar de reducir los crímenes al ámbito privado, catalogándolos como «crímenes pasionales».
A partir del documento, el primer dato de importancia que cabe destacar es la gran diferencia entre el número de sentencias condenatorias aplicadas en los últimos años y los femicidios efectivamente ocurridos. Las 54 resoluciones analizadas, que corresponden a hechos que ocurrieron entre 2013 y 2015, representarían solo un 6% del total de femicidios cometidos durante esos años, si se considera el total de 858 que registró la asociación civil La Casa del Encuentro en sus respectivos informes. Si bien el informe aclara que las sentencias incluidas no agotan la totalidad dictada y que corresponden a las que pudieron ser recabadas a través de fuentes como la Biblioteca del Ministerio Público Fiscal, el número es aún así es demasiado bajo como para que el universo completo alcance a cubrir un porcentaje importante de femicidios.
De acuerdo a lo relevado, la duración promedio de los procesos judiciales – tiempo transcurrido entre el hecho y la sentencia de juicio – es de 21 meses. A su vez, la UFEM menciona que únicamente 3 sentencias incluyeron medidas de reparación para los familiares de la víctima, de las cuales solo una contempló herramientas a modo de «garantías de no repetición», como fue «una invitación a los tres poderes del Estado provincial a realizar acciones de concientización, sensibilización, prevención y erradicación sobre la violencia de género».
Las 54 resoluciones analizadas, que corresponden a hechos que ocurrieron entre 2013 y 2015, representarían solo un 6% del total de femicidios cometidos durante esos años, si se considera el total de 858 que registró la asociación civil La Casa del Encuentro en sus respectivos informes.
Las cifras demuestran así el desamparo institucional: la lentitud de la Justicia en un contexto de emergencia en el que una mujer es asesinada cada 30 horas y la falta de estímulo a las políticas de prevención para romper el círculo de violencia. La responsabilidad estatal también se refleja en otro aspecto que, a pesar de las diferencias numéricas, coincide con otros estudios de femicidios realizados por organizaciones y dependencias estatales: la existencia de denuncias previas, que fueron ignoradas o que no resultaron efectivas a la hora de proteger a las mujeres. Según el informe de la UFEM, esta circunstancia se dio en 18 de las sentencias, representado un 39% de los casos en que se condenó por femicidio íntimo.
(Leer nota relacionada: ¿Cómo surgen los números de la violencia de género?)
Por otra parte, se repite también otra constante que ya viene demostrándose en varios registros: el lugar más inseguro para la mujer es el propio hogar. Un 55% de los femicidios ocurrieron en el domicilio de la víctima o compartido con ella, en el 85% de los casos existía un vínculo de pareja, ex pareja o noviazgo y en el 7% eran conocidos. Además, en 41 de las 54 sentencias se registran episodios de violencia previos al asesinato. Se contabilizaron también tres femicidios antecedidos por violencia sexual perpetrada por el novio de la víctima.
Se repite también otra constante que ya viene demostrándose en varios registros: el lugar más inseguro para la mujer es el propio hogar. Un 55% de los femicidios ocurrieron en el domicilio de la víctima o compartido con ella, en el 85% de los casos existía un vínculo de pareja, ex pareja o noviazgo y en el 7% eran conocidos.
Otro dato que señala el informe es el nivel de agresión y crueldad empleados. En el 63% de los casos, las mujeres fueron torturadas de múltiples formas y en el 22% el cuerpo fue tratado con desprecio o intención de descarte, «asimilándolo a basura» para su desaparición. Así, se pone de manifiesto la máxima expresión de una cadena de violencias que tiene su base en la cosificación de la mujer, que es considerada un objeto sin poder decisorio, sujeto a los deseos del varón a partir de patrones fuertemente arraigados en la cultura machista.
Si bien estudios de organizaciones como La Casa del Encuentro y Mujeres de la Matria Latinoamericana (MuMaLá) registran anualmente femicidios en todas las provincias del país, el relevamieto de la UFEM dio cuenta de que las sentencias se llevaron a cabo solo en 13 jurisdicciones, cuatro de las cuales concentran el 70% de las condenas recabadas. En primer lugar, se ubica la provincia de Salta, con 12 sentencias, seguida de Córdoba, con 10; Buenos Aires, con 9; y CABA, con 8. A pesar de que Buenos Aires ocupa el tercer lugar, es la jurisdicción en donde anualmente se registra la mayor cantidad de femicidios. El último informe de MuMalá contabilizó un total de 112 cometidos en 2016.
A pesar de que Buenos Aires ocupa el tercer lugar respecto de las sentencias dictadas, es la jurisdicción en donde anualmente se registra la mayor cantidad de femicidios. El último informe de MuMalá contabilizó un total de 112 cometidos en 2016.
El informe de la UFEM se suma a así a los registros que buscan visibilizar la gravedad de la violencia de género en el país como parte de una cadena que tiene sus raíces mismas en la estructura social. Que las mujeres sean consideradas como basura no es parte de un hecho aislado, sino de la forma más extrema de una serie de creencias que las han oprimido históricamente. Comprender estos patrones es fundamental para que el Estado profundice las acciones, para que no deje desprotegidas a las mujeres alimentando la impunidad con su inacción y con la falta de políticas públicas que prevengan y erradiquen la violencia antes de que suceda.
También te puede interesar
¿Cuáles son los 5 tipos de violencia de género según la ley argentina?
Violencia de género en Sudamérica: ¿cuáles son los avances legislativos?
Cuando las calles son nuestras: las luchas feministas del 2017
5 errores comunes sobre el feminismo