Después de la ley de aborto: ¿cuáles son los nuevos desafíos?

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Luego de su promulgación, la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo entró oficialmente en vigencia: el aborto es legal en todo el territorio nacional. Una conquista que, como toda ampliación de derechos, trae aparejada la lucha de garantizar su cumplimiento efectivo y de enfrentarse a las obstrucciones que buscan vulnerar contra la autonomía de mujeres y personas gestantes. ¿Qué sigue ahora que el aborto es ley? ¿Qué pasa con las mujeres presas y criminalizadas antes de la sanción? ¿Cuáles son las estrategias que presentaron hasta ahora de quienes continúan oponiéndose? (Foto: Agencia Télam)



“Hasta hoy el Estado respondió con amenaza de cárcel, con procesos penales, con cárceles efectivas, con clandestinidad y riesgo para la vida y la salud. A partir de ahora cambiamos el paradigma: el Estado va a recibir a las mujeres y a las personas gestantes en su sistema de salud, las va a tratar con dignidad y con respeto y esto nos pone en un nuevo lugar frente a la sociedad”, afirmó Vilma Ibarra durante el discurso de promulgación de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Ocho días, tal como se estipula, la normativa entró finalmente en vigencia, el pasado 24 de enero. El aborto es oficialmente legal en todo el territorio nacional y el sistema de salud debe garantizar su práctica de forma segura y gratuita. El resultado de una lucha de décadas que se extendió hasta teñirlo todo de verde y que sin embargo no termina, porque como toda ampliación de derechos, a la conquista le sigue el camino por su cumplimiento efectivo, contra los obstáculos y la resistencia de quienes se continúan oponiendo.

“Hasta hoy el Estado respondió con amenaza de cárcel, con procesos penales, con cárceles efectivas, con clandestinidad y riesgo para la vida y la salud. A partir de ahora cambiamos el paradigma: el Estado va a recibir a las mujeres y a las personas gestantes en su sistema de salud, las va a tratar con dignidad y con respeto y esto nos pone en un nuevo lugar frente a la sociedad”.

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En diálogo con La Primera Piedra, Melisa García, presidenta de la Asociación de Abogadas Feministas, explica que la norma “no necesita ninguna protocolización ni reglamentación interna, ya que es de orden público a nivel nacional y prima su cumplimiento más allá de los procedimientos internos de las provincias”. Y agrega: “La realidad es que no habría una necesidad de una reglamentación distinta donde ya la misma ley prevé absolutamente todo: los principios básicos de las mujeres o personas con capacidad de gestar, cuáles son sus derechos, el trato que tienen a recibir, qué es lo que sucede con las instituciones en las que haya objetores de conciencia, cómo es la derivación, el plazo, la necesidad de formación, la aplicación de la Ley Micaela y también de la ESI. Está muy planteado dentro de la reglamentación general sin necesidad de tener que ir a reglamentaciones internas provinciales”.

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Después de la ley de aborto

Foto: Nadia Díaz


Empieza así el camino para que todas las mujeres y personas gestantes conozcan la ley en cada rincón del país y puedan acceder a la práctica, para que la objeción de conciencia no sea un obstáculo para recibir información y asistencia adecuadas, para mantener la provisión de misoprostol, para la capacitación del personal de salud y también de la Justicia. En este último caso, se abre un capítulo más extenso: el de terminar definitivamente con la criminalización y el estigma y el de asegurar la libertad de quienes hoy se encuentran presas por abortos o eventos obstétricos con anterioridad a la sanción de la ley.Al entrar en vigencia, tal como dijo la ministra Elizabeth Gómez Alcorta, debería haber un sobreseimiento a las mujeres que han sido criminalizadas por la causal del aborto”, explica García.

Se abre un capítulo más extenso: el de terminar definitivamente con la criminalización y el estigma y el de asegurar la libertad de quienes hoy se encuentran presas por abortos o eventos obstétricos con anterioridad a la sanción de la ley.

Pero el afán por controlar y disciplinar los cuerpos adoptó también otras estrategias: muchas de las causas no están caratuladas como “aborto”, sino como “homicidio agravado por el vínculo” o con calificaciones legales inexistentes que se utilizaron para condenar no solo interrupciones voluntarias del embarazo, sino también eventos obstétricos, como abortos espontáneos, involuntarios y no punibles. María Lina Carrera, abogada especialista en Derecho Penal y co-autora del libro Dicen que tuve un bebé (Siglo XXI, 2020) explica a La Primera Piedra que estas carátulas generan “consecuencias gravosas para la situación de estas mujeres, en primer lugar, porque las imputaciones quedan fuera del radar cuando se investigan criminalizaciones por aborto”. “Al no ser casos de abortos voluntarios y haber sido calificados bajo estas figuras, la aplicación del principio de retroactividad de ley penal más benigna no sería en principio automática ni tan sencilla”, agrega.

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Después de la ley de aborto

Foto: Nadia Díaz


Junto a Natalia Saralegui y Gloria Orrego-Hoyos, autoras también del libro, Carrera forma parte de una investigación coordinada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y por la Campaña Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito sobre las características de esta persecución penal desde el año 2012 hasta la actualidad. A fines de 2020, los datos obtenidos registran al menos 1532 causas por abortos y 37 por eventos obstétricos en 17 jurisdicciones del país, la mayoría mujeres pertenecientes de sectores vulnerables. Es el caso de Eliana, condenada a prisión perpetua en San Juan por la muerte de su recién nacido, parido en el fondo de su casa, producto de una violación; o de Rosalía, hoy bajo prisión domiciliaria luego de que su hija naciera muerta. Su caso es uno de los relatados en Dicen que tuve un bebé: “En la misma celda éramos 8 o 9. Me tiraron agua caliente, me maltrataron, me hicieron cosas las mismas presas. Por la carátula y por lo que salía en los medios”, cuenta en el libro.

A fines de 2020, los datos obtenidos registran al menos 1532 causas por abortos y 37 por eventos obstétricos en 17 jurisdicciones del país, la mayoría mujeres pertenecientes de sectores vulnerables.

Esa es otra de las consecuencias de la estigmatización, los estereotipos de las causas penales y la utilización de figuras que refuerzan la criminalización. Tal como afirma Carrera, “genera un temor fundado en las mujeres detenidas”. “Quienes se encuentran en complejos penitenciarios imputadas por ese tipo de calificaciones reciben amenazas y lesiones por parte de otras internas o del mismo personal penitenciario que ponen en riesgo su vida, y por esa razón habitualmente son alojadas en pabellones de resguardo o de ‘infanto’. Este contexto propicia a que las mujeres no cuenten a nadie los eventos obstétricos que transitaron”, afirma la abogada a esta revista. “Sin embargo, entendemos que con la investigación que efectuamos resulta clara que la criminalización de estos eventos obstétricos se dio como consecuencia de que la IVE fuera una práctica ilegal. Partiendo de esa premisa, los tribunales deben dictar también el sobreseimiento y ordenar la libertad de estas mujeres”, agrega.

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Después de la ley de aborto

Foto: Latfem


La cruzada contra los derechos

Además de mantener firme al activismo para garantizar la aplicación plena en todo el país y enfrentarse a las obstrucciones de quienes atenten contra el derecho, la vigencia del aborto legal desencadenó la avanzada de los sectores conservadores. Legisladores y legisladoras ya lo habían adelantado durante sus intervenciones en los debates, entre ellos Silvia Elías de Pérez, que en el debate del Senado anunció que plantearía la inconstitucionalidad en caso de ser aprobado el proyecto. Al respecto, Melisa García afirma: “Esta norma es totalmente constitucional e incluso la misma reglamentación como la misma ley tiene planteado el basamento de toda la normativa internacional que acompaña, es decir, de dónde surge, y la realidad es que habría que ver con mucho detalle a que fundamentación querrían llegar y hasta donde recurrir”. “Me gustaría ver cuáles son los basamentos y los planteos, porque en principio tienen un contenido moral y religioso que van por una vía muy contraria a la norma e incluso a los preceptos constitucionales básicos que tenemos todes en el Estado argentino”, agrega.

Además de mantener firme al activismo para garantizar la aplicación plena en todo el país y enfrentarse a las obstrucciones de quienes atenten contra el derecho, la vigencia del aborto legal desencadenó la avanzada de los sectores conservadores.

Hasta ahora el primer intento vino de parte de un grupo encabezado por la ex senadora y hoy diputada provincial y presidenta del Partido Renovador de Salta, Cristina Fiore Viñuales, quien en 2018 lideró el lobby contra el proyecto junto a Silvia Elías de Pérez. Antes de la aprobación de la Ley de IVE, a principios del mes de diciembre, arremetió contra un derecho ya establecido y solicitó evaluar la inconstitucionalidad del protocolo para abortos no punibles. Luego de la promulgación de la Ley, el pasado 18 de enero, el grupo amplió la denuncia para pedir una medida cautelar que suspendiera la nueva normativa. La estrategia no tuvo éxito: el titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Julio  Bavio, habilitó la feria judicial para rechazar el recurso colectivo por considerarlo “improcedente”. El pedido implicaba, además, la elaboración de un nuevo protocolo en el que era condición para solicitar un aborto una audiencia en el que se le informaría a la solicitante lo que significaría terminar “la vida de una persona humana”.

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Después de la ley de aborto

Foto: Milo Díaz


El pasado 11 de enero, el diputado sanjuanino Marcelo Orrego (Juntos por el Cambio) presentó, junto con otros diecisiete legisladores del interbloque, un proyecto para derogar la Ley de IVE por considerarla “inconstitucional” y “permitir el derecho al aborto en cualquier momento de la gestación”, reiterando nuevamente la mala interpretación que se ha realizado en reiteradas oportunidades sobre los alcances de la norma. A ese se suman otros intentos, como el de Juan José Gómez Centurión, titular del Partido NOS – autodefinido como «la opción celeste que lucha por la familia y la patria – presentó una demanda contra el Poder Ejecutivo y, en su cuenta de Twitter, sentenció: «Vamos a defender la vida hasta las últimas consecuencias tal como manda nuestra carta orgánica y el año que viene en el Congreso derogaremos la ley». Por su parte, la Fundación Más Vida introdujo una «demanda penal por genocidio y cohecho contra Alberto Fernández y los legisladores que adhirieron a Argentina» a lo que denominó en sus redes sociales como » Genocidio Universal».

«Si bien la Corte Suprema de Justicia ya había sentado criterios en FAL sobre la celeridad que las interrupciones de los embarazos debían tener a partir de la solicitud por parte de la persona gestante, también sabemos que numerosas organizaciones se han ocupado de judicializar dichos casos y dilatar los procesos».

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De acuerdo a las declaraciones dadas en diversos medios, desde el Gobierno – y tal como se dejó en claro en los debates en ambas Cámaras – coinciden en lo esperable de estos avances y en que se trata de una normativa sólida, en consonancia con los tratados internacionales. La ministra Gómez Alcorta menciona también el fallo FAL que garantizó desde 2012 el aborto no punible, que «no tiene contradicción convencional, ni constitucional» que  se mantuvo vigente y que es por lo tanto base a partir de la cual se amplíe, con la Ley IVE, la voluntad y el poder de decisión de las personas gestantes.  Mientras tanto, los obstáculos exceden las vías judiciales: «Si bien la Corte Suprema de Justicia ya había sentado criterios en FAL sobre la celeridad que las interrupciones de los embarazos debían tener a partir de la solicitud por parte de la persona gestante, también sabemos que numerosas organizaciones se han ocupado de judicializar dichos casos y dilatar los procesos. Tampoco sería sorprendente que, a modo de backlash, hechos de abortos voluntarios fueran imputados como homicidio agravado por el vínculo, para continuar con su persecución más alla de la legalización de la práctica», dice a esta revista María Lina Carrera. 

Sin dudas lograr finalmente la sanción de la ley fue un triunfo que pasará a la historia, pero no es el final del recorrido, sino el inicio de uno nuevo, ahora con el respaldo normativo por el que se luchó durante tanto tiempo y para lo que no hay vuelta atrás. Como todas las conquistas que garantizan la ampliación de derechos, surge una nueva etapa para defenderlos, asegurarlos, para que sean conocidos en todo el país más allá de quienes quieren mantenerlos en las sombras.


 

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